ALGUNOS PUNTOS SOBRE LA
NUEVA LEY UNIVERSITARIA
Es de
conocimiento público que desde hace un buen tiempo la comisión de educación del
congreso presidida por el congresista Daniel Mora Zevallos ;miembro del llamado
partido político Perú Posible había
elaborado una propuesta de una nueva ley universitaria, que a la vez se venía
debatiendo capitulo por capitulo en esa comisión hasta que el día lunes 9 de diciembre
de este mes, dicha comisión llegó a aprobar los 16 capítulos con sus 133°
artículos; quedando lista para ser aprobada en el pleno del congreso ;como no
podía ser de otra manera, la ley refleja claramente las posiciones políticas y
los intereses económicos de las
facciones de la gran burguesía, que sirve a su plan de nueva acumulación
originaria, ésta nefasta ley hace subir algunos peldaños mas el camino
hacia la privatización de la educación
universitaria.Asi como otras ;esta ley es una ley nacida de las entrañas de la
reacción obedeciendo los dictámenes del
imperialismo.
Veamos
algunos puntos de esta ley.
En el
capitulo l, articulo1°objeto de la ley, señala: “la
presente ley tiene por objeto normar la creación, funcionamiento, supervisión y
cierre de las universidades, promueve el mejoramiento continuo de la calidad educativa de las instituciones universitarias…”se le concibe a la educación como cualquier mercancía, es un concepto
meramente económico, es por eso que en vez de la palabra ciencia esta calidad,
tiene además que ver con la necesidad de la gran burguesía en cuanto a
técnicos, cuadros, profesionales para el manejo de los instrumentos, por eso
hablan que hay escases de profesionales calificados; más que ver por el hombre
en si ven el mercado y de cómo a estos “profesionales formados con calidad
educativa” se les extrae mayor plusvalía, teniendo en cuanta que nuestro país, es un país capitalista donde se
desenvuelve un proceso de nueva acumulación originaria.
Capitulo II, trata sobre el ente adscrito al ministerio de educación y que viene ser un
organismo supra universitario, responde directamente al más alto nivel
político. Este organismo es denominado superintendencia nacional de educación
universitaria (SUNEU), en su artículo 12° dice “la
superintendencia nacional de educación universitaria SUNEU, es un organismo
técnico especializado adscrito
al ministerio de educación, que goza de autonomía técnica,
económica, presupuestal y administrativa, encargado de normar, regular coordinar la educación universitaria.
Supervisa la calidad de la educación y fiscaliza el uso de los recursos
de las universidades. Autoriza el funcionamiento de la universidades públicas y
privadas”. lo que podemos extrapolar y
leer entre líneas de todo esto es que se vulnera uno de los principios
democráticos conquistados como es la autonomía universitaria ,por más que se
diga que no y que esta ley la respeta, entendiendo la autonomía universitaria
en los tres planos ;es decir con
independencia económica ,por eso hay que organizarnos y luchar por qué no la
ahoguen económicamente y por mayores rentas para la universidad ;independencia
administrativa y programática ,si la SUNEU ,va a normar ,regular y coordinar la
educación universitaria, pues cae de maduro que implantaran programas
curriculares exclusivos en función de los intereses de la gran burguesía
compaginados con el proceso económico que vive el país, imponer con más fuerza
el pensamiento único del neoliberalismo y desterrar todo lo que sea contrario a
este como es el marxismo, éste órgano además teniendo todas estas facultades
normadas en esta ley servirá como órgano de persecución política principalmente
contra los estudiantes y también a profesores que no comulguen con el sistema.
En el
mismo capítulo ,articulo13° sobre quienes conformarían esta superintendencia,
de los 9 miembros uno es un “representante
de los sectores empresariales”,
como señala un dicho popular más claro no canta el gallo, si la educación es
considerada como un servicio y no como un derecho, por ese “servicio” que
recibes tendrá que pagarse , ¿ de lo contrario cual sería la razón que un miembro de la CONFIEP este dentro de
este organismo que regenta toda la educación universitaria, si no es otro que
el camino a la privatización, el lucro?, es por eso que dentro de esa llamada
“calidad educativa” no hace mención en lo más mínimo el incremento del
presupuesto para la educación, si tanto se habla de mejorar “la calidad
educativa” porque no se deroga el decreto 882 que viene desde la época
fujimorista , decreto que permite la creación de universidades privadas
ilimitadamente con fines de lucro. En 1960 había 10 universidades ,9 eran
estatales, para el año 2011 había 129 universidades según la ANR de los cuales
50 son estatales, 78 privadas y 1 universidad municipal y si vemos en porcentaje
la proporción de estudiantes universitarios mas 63% de estudiantes están en
universidades privadas y solo el 37% estatales y la perspectiva es que en un
futuro el porcentaje será muchísimo mayor de estudiantes universitarios de
universidades privadas con respecto a las estatales. ¿Acaso no es verdad que
muchos de los que son ministros y viceministros de educación no son dueños de
universidades privadas, como el señor Antonio Chang accionario mayoritario de
la universidad san Martín de Porres?....con esta situación a cuestas se le
niega un futuro profesional a los jóvenes del pueblo; los que son
golpeados duramente por este sistema opresor y explotador; con lo cual
la universidad cada vez más se elitiza y
la educación pasa a ser una mercancía mas y el que puede la compra en el
sentido de solventar las pensiones.
5.64 NÚMERO DE ALUMNOS (AS) MATRÍCULADOS EN UNIVERSIDADES
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PÚBLICAS Y PRIVADAS, 1985 - 2012
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Años
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Total
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Públicas
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Privadas
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1985
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354 694
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228 270
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126 424
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1986
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361 130
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229 516
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131 614
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1987
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377 148
|
232 797
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144 351
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2010
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782 690
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309 175
|
473 515
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2011
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819 447
|
310 630
|
508 817
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2012*
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859 293
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315 884
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543 409
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* Cifras estimadas.
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Fuente: Asamblea Nacional de Rectores
(ANR) - Dirección de Estadística e Informática.
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En el
capitulo Vl habla de de incubadora de empresas.
En el
capitulo Vlll referido a los profesores ,en el articulo 83.2° dice: “ejercer la
docencia con rigurosidad académica……independencia y apertura conceptual e ideológica” todo esto es demagogia pura, la apertura conceptual e ideológica no
existe, salvo para aquellos que profesen la ideología de la burguesía, los
profesores en las universidades que asuman la ideología del proletariado son
perseguidos, sometidos a procesos disciplinarios y los terminan separando de
sus labores académicas, negando su razón de ser a la universidad donde lo
mínimo que podría esperarse es que se respeta la libertad de pensamiento y no
haya persecución por ideas, esta dura situación no solo pasa con los docentes
universitarios sino también con profesores de la educación primaria y
secundaria, ejemplos de profesores perseguidos por razones ideológicas hay
muchos. En el articulo 85°sanciones a los profesores, las sanciones indicadas en los literales 85.3 y 85.4 dice: “se aplican
previo proceso administrativo…las sanciones señaladas no eximen de las
responsabilidades civiles y penales a
que hubiera lugar…”.articulo
86° medidas preventivas, el articulo 87° 88° 89° 90° así como el articulo91°
son causales de destitución ;
pero sobre todo los numerales 91.5° y
91.6°; en el numeral 91.5° dice: “estar con proceso judicial por los delitos
contra la libertad sexual, apología
al terrorismo y sus formas agravadas…”.Si
bien es cierto dentro de las causales para la destitución están los delitos
dolosos, ir contra la libertad sexual y otros más, pero el centro de este
capítulo con sus respectivos artículos es utilizarlo como una espada de
Damocles contra los profesores que hayan sido condenados o tengan procesos
judiciales por cuestiones políticas , se les niega el derecho la
reincorporación a la sociedad y al
trabajo y es parte de una campaña de persecución política.
En el
capitulo lV dedicado al capítulo de los estudiantes, en su artículo 94°hace
mención sobre el proceso de admisión a las universidades, dice que: “las personas que hayan sido condenadas por el delito terrorismo o apología al terrorismo en cualquiera de sus
modalidades están impedidas de postular
en el proceso de admisión a las universidades públicas”. Claramente se puede ver que lo que
buscan es castigar de por vida las personas que en un determinado
momento hayan asumido los llamados de su tiempo, cuando estaba a la orden del
día un nivel superior de lucha, mas todos sabemos que esa forma de lucha que se
venía desarrollando en nuestro país, termino hace ya más de 20 años, es por eso
que también es una necesidad para el pueblo, la nación y la sociedad peruana en
su conjunto de resolver esos problemas de manera política que conduzca a una
reconciliación. En este articulo 94° claramente se puede ver que los que se
precian de demócratas y pacifistas, están llenos de violencia y odio a tal
punto de impedir a las personas de ejercer un derecho como es el estudio, el
trabajo, quieren ponerles una cruz en la frente de por vida e impedir que desenvuelvan
sus actividades de manera normal.
En el
articulo 95° deberes de los estudiantes, en el numeral 95.1° son deberes de los estudiantes respetar la
Constitución Política del Perú y el
sistema democrático, en el numeral 95.6 dice: “usar las instalaciones del centro de estudios exclusivamente para los fines universitarios” ; en el numeral 95.7° dice:” respetar la democracia, practicar la tolerancia, cuidar los bienes de la universidad y rechazar la violencia. Quienes cometan actos de violencia, ocasionen
daños personales y/o materiales que alteren el normal desarrollo de las
actividades académicas, estudiantiles y administrativas son separados de la
universidad, previo proceso
administrativo sancionador establecido
en el artículo 79°” vemos claramente que al igual que los otros capítulos de
esta ley con sus respectivos numerales va contra la organización de los
estudiantes y criminaliza sus luchas. El que los ambientes
universitarios sean utilizados “exclusivamente para fines universitarios”;
buscan construir robots humanos, que no discutan ni debatan sobre cuestiones
políticas, científicas, artísticas, gremiales ;formar hombres operantes y no
pensantes, castrar el espíritu rebelde de los jóvenes; hay además una amenaza
encubierta , un claro
amedrentamiento que encierra un fondo
político, se presta además para la subjetividad, fácilmente los estudiantes
podrían ser acusados de conspiración por
el simple hecho de reunirse. En la otra parte del texto se termina redondeando
lo que afirmamos cuando decimos que con esta ley queda normada la
criminalización de las luchas universitarias, serán separados de la universidad
por el simple hecho de protestar, pero el asunto no queda ahí, aparte de ser
reaccionaria esta ley hay un fondo
metafísico, de pensar que este sistema es eterno y que no cabe transformarlo por eso dicen “respetar
la democracia”, asumen tesis pedestres, acientíficas y
antehistóricas de los intelectuales bruguenses del imperialismo como el “fin de la historia y el fin de las
ideologías”, pensar que mas allá de este sistema no hay otro, mas su ideología
y su sistema son caducos; no responden a
las necesidades ni a la resolución de problemas concretos de las inmensas
mayorías, por lo tanto; el más alto derecho que tiene el hombre es el derecho
de trasformar la sociedad y construir una sociedad superior al sistema burgués.
En los
derechos de los estudiantes en el articulo 96 con numeral 96.12° “en el caso
de las universidades públicas, la
gratuidad de la enseñanza se garantiza
para el estudio de una sola carrera”, imagínense compañeros estudiantes si así son los “derechos de los
estudiantes” como es el negar la gratuidad de la enseñanza, ya vemos como son
las obligaciones, este artículo señala taxativamente el camino a la
privatización.
En al
artículo 98° matricula condicionada por rendimiento académico, dice; “ la desaprobación de una misma materia,
cualquiera que esta sea por
tercera vez, da
lugar a que el estudiante sea separado
temporalmente por un año de la universidad.
Al termino de este periodo, el estudiante retorna y para la cuarta matricula únicamente en la
materia desaprobada por tercera vez, la universidad evalúa la situación del
alumno .si desaprueba por cuarta vez
proceda a su retiro definitivo”; los propulsores de esta ley acatando las ordenes de la gran burguesía, parecieran
hasta “bondadosos” porque te dan “hasta tres oportunidades”, pero en ese
envoltorio de caramelo esta el veneno; desconocen profundamente la realidad
socioeconómica de los jóvenes del pueblo, ¡no debemos permitir que se siente un
precedente como este! porque luego ya no será causales de separación a los
estudiantes que desaprueben un curso por tres veces consecutivas ,sino dos
veces y así hasta que solo por desaprobar
un curso será motivo de separación definitiva al estudiante de la
universidad, ese es su plan ; ir avanzando de a pocos en su camino hacia la
privatización, ponen como blanco y como problema al estudiante, con lo cual se
le niega a los jóvenes del pueblo el derecho a la educación.
Después
de haber analizado algunos de sus capítulos de esta ley podríamos ir concluyendo, como lo señalamos
inicialmente; es una ley reaccionaria, que atenta contra los principios
democráticos universitarios que el movimiento universitario ha ido
desarrollando a costa de su propia sangre. La ofensiva contra los derechos
universitarios, pone una vez más sobre el tape, la defensa de la universidad y
sus principios dentro de ellos obvio esta, la autonomía universitaria en
lo académico, económico y administrativa, corresponde pasar a enarbolar
la gran tesis de la defensa de la universidad y sus principios y luchar por
ellos impulsando un gran movimiento universitario capaz de hacer frente a esta
arremetida del Estado, la reacción y sus
lacayos que buscan imponer sí o sí una nueva
ley universitaria que niega todo
derecho y en función de construir una universidad al servicio de su plan de
nueva acumulación originaria.
¡Por
una universidad nacional, publica, científica y democrática!
¡Por
la defensa de la universidad pública y sus principios democráticos!
Diciembre del 2013
Movimiento de Jóvenes del Pueblo.